Agencia Municipal de Recaudación

Mediante el Decreto Nº 936 del 16 de Agosto de 2016, el Intendente de Almirante Brown Dr Mariano Cascallares, autorizó la puesta en marcha de la Declaración Jurada de la Tasa de Inspección de Seguridad e Higiene por Internet. Ello, con el objetivo de facilitar al Comercio y a la Industria el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y brindar un más eficiente servicio público.
El nuevo sistema requiere el uso de la Clave de Identificación Municipal -CIM- la que podrá obtenerse directamente desde el Portal ciudadano del municipio
La Declaración Jurada de la Tasa es mensual y el plazo para completarlavence el día 20 de cada mes.
El formulario de Declaración Jurada de la Tasa, a su vez, estará disponible en el mismo portal.
El nuevo sistema es de cumplimiento obligatorio a partir del 1 de Enero de 2017.
Finalmente, los que hagan la DDJJ por Internet podrán hacer pagos electrónicos o imprimir un volante de pago con Código de Barras para pagar tanto en sede Municipal como en las receptorías adheridas.
A los efectos de garantizar la privacidad de los datos personales y fiscales de los contribuyentes y usuarios de servicios públicos que se brindan en forma electrónica y remota por Internet, el Intendente Municipal, en el marco del Decreto 567/16 que aprueba el Plan de Innovación Tecnológica, ha firmado el Decreto 711/16 que define y establece las condiciones de uso de la Clave de Identificación Municipal -CIM- que sera requerida en los trámites y comunicaciones fehacientes que tengan lugar en formato electrónico usando el Portal ciudadano del municipio
La mencionada clave se puede obtener remotamente por Internet en el Portal ciudadano del municipio arriba mencionado, donde le será requerido responder preguntas de control de identidad que demuestren que quien está solicitando la clave es quien dice ser.
Esta clave es imprescindible para hacer declaraciones juradas como la que corresponde a la Tasa de Inspección de Seguridad e Higiene.
Acceda a generar su clave CIM a través de el Portal ciudadano del municipio
Por la Ordenanza Nº 10.497 el Honorable Concejo Deliberante de Almirante Brown dejó establecida la validez del uso del Domicilio Fiscal Electrónico con el objetivo de "sustituir progresivamente al domicilio físico habitual donde se hacen notificaciones de carácter tributario y otras intimaciones o comunicaciones desde cualquier área del Ejecutivo Municipal según sus respectivas competencias"
El DFE, de acuerdo con el decreto reglamentario, es un micrositio del portal de Internet del Municipio de uso obligatorio para los contribuyentes de la Tasa de Inspección de Seguridad e Higiene.
Se accede al mismo usando la Clave CIM en la página principal del Portal ciudadano del municipio en Domicilio Fiscal Electrónico
Por el Decreto 567/16 quedaron establecidos una serie de objetivos de modernización de la gestión administrativa municipal mediante el uso de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, lo que habitualmente conocemos como estrategias de Gobierno Electrónico Gob-e
El mencionado Plan incluye:
  • Creación del Padrón General de Contribuyentes y Beneficiarios de Servicios Públicos del Municipio
  • Utilización obligatoria del CUIT/CUIL como identificador único de personas físicas y jurídicas en las Bases de Datos Municipales
  • Migración de Aplicaciones y Dispositivos electrónicos o informáticos a lenguajes de entorno abierto y accesible por Internet
  • Desarrollo de Aplicaciones Informáticas de acceso por Internet para dar servicios de:
    • Gestión de Recursos Tributarios
    • Gestión de la Política Sanitaria y Social
    • Gestión de Inspecciones y Tránsito
    • Consultas de Deuda tributaria y Seguimiento de Expedientes
    • Declaración Jurada por Internet de la Tasa de Inspección de Seguridad e Higiene
    • Expediente Electrónico para trámites de habilitación
    • Uso de la Firma Digital
    • Catastro Digital y georeferenciamiento de datos de gestión
Por la Ordenanza Nº 10.520 del 26 de mayo de 2016, el Honorable Concejo Deliberante de Almirante Brown autorizó la "utilización de la Firma Digital en el ámbito de las dependencia de la Administración Pública Municipal y en organismos descentralizados en los términos de la Ley Nacional Nº 25.506, la Ley Nº 13.666 y sus respectivas normas reglamentarias" lo que implica que el municipio y otros actores publicos y privados podrán usar la mencionada herramienta con igual validez que la firma ológrafa en procedimientos digitales transmitidos por redes informáticas.
Proximamente, el Municipio instalará una Autoridad de Registro de la Autoridad Certificante Oficina Nacional de Tecnologías de la Información y emitirá certificados que permitan emitir por Internet Constancias de Deuda Tributaria y Expedientes Electrónicos.
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Año 2023
TECNOLOGIA APLICADA